Algo se muere en el Alma cuando una Comunidad se Va

Siempre he creído que las Comunidades de Propietarios son seres vivos y el Administrador de Fincas el médico. Llegan con unas necesidades, que suelen ser problemas, se cuidan, se miman, se afianza gracias a la confianza y a la profesionalidad, pero al final, un día, se van. Ese día, existen muchas preguntas, que se puede resumir en una ¿En que he fallado? Intentas buscar los motivos pero siempre te topas con: ¡Pero si la Comunidad no era problemática! ¡Si siempre nos hemos llevado bien con los presidentes de turno! ¡Pero si ya habíamos bajado nuestros honorarios el año pasado para que no les fuéramos una carga! Etc., etc., etc. Pero simplemente se van.

¿O no del todo….? Cuando se deja de administrar una Comunidad y se entrega la documentación al Presidente de turno, cuando salen por la puerta, muchas veces pensamos que ya nada nos vincula. Pero…… ¿Que pasa con la Agencia Española de Protección de Datos? Según ellos, todavía somos los Responsables de Tratamiento, ya que nadie les ha dicho lo contrario, y en muchísimas ocasiones, si algún propietario quiere ejercer sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación u Oposición, le remiten a dirigirse a nuestras oficinas.

Alguno podría pensar: «No hay problema, realizo una modificación del fichero para que ni aparezca como Responsable del Tratamiento, ni el lugar donde poder ejercer los derechos ARCO». Pues bien, el único problemilla es que sólo el Responsable del Fichero, que en este caso es la Comunidad de Propietarios, puede realizar esta modificación, u ordenar a alguien que la realice. En otras palabras, si no se acuerdan de realizarlo, para al AEPD, siempre seremos los Responsables de Tratamiento.

Existen diferentes soluciones para solucionarlo. La primera es ponerse en contacto con el Presidente de la Comunidad, explicándolo la problemática y que ellos realicen el cambio. Pero si aun así, no lo realizan, lo que podemos hacer es enviar un escrito a la Agencia Española de Protección de Datos, donde expliquemos que ya no somos los Encargados de Tratamiento de los Ficheros X e Y, y con este escrito adjuntamos el Acta donde se nos cesa como Administradores de Fincas. Con posterioridad, la AEPD nos enviará un escrito donde nos contestará sobre la petición y ahora si, ya no tendremos ningún vinculo mas con esa Comunidad de Propietarios que un dia administramos.

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