He notado de un tiempo para aquí, que a la gente se le llena la boca de: “Voy a demandarte”, “Hablaré con mi abogado”, “Nos veremos en los Tribunales”, etc. En la gran mayoría de las ocasiones son simplemente amenazas que solo se quedan en eso, pero en ocasiones es verdad y se demandan judicialmente.
En nuestros Despachos, también escuchamos estas frases y seguramente se nos viene a la cabeza y sabemos de vecinos que han demandado a otros vecinos por temas particulares y en ocasiones el Administrador de Fincas esta en medio sin querer. Os voy a poner un ejemplo, que no es para nada descabellado, en el cual el Administrador de Fincas tiene un papel muy importante, y que es lo que tiene que hacer con la Ley de Protección de Datos.
Os pongo en situación. Imaginaros que un vecino tiene goteras en su casa producidas por la bañera del vecino de arriba. Al no ser producido por un elemento comunitarios (como por ejemplo un bajante) no interviene el seguro de la Comunidad, por lo que se queda en el ámbito privado. El vecino de arriba no tiene seguro y se niega a repararlo, por lo que el afectado decide demandarlo por vía judicial. Se nos persona en las oficinas del Administrador de Fincas, y le pide que le dé los datos completos de su vecino de arriba para interponer la demanda. Así que la preguntas es ¿podría darle los datos el Administrador de Fincas sin saltarse la Ley de Protección de Datos?
Sabemos que NO podemos dar los datos a un tercero sin el consentimiento del afectado, por lo que en un principio, debemos informar al vecino de arriba que el de abajo quiere sus datos para demandarle (y me juego lo que queráis a que NO nos dará su consentimiento).
También debemos saber que el Administrador de Fincas, tiene el papel de Encargado de Tratamiento, en otras palabras, debe seguir las finalidades por la cuales se trata los datos del vecino de la Comunidad de Propietarios, y que se demanden entre vecinos no esta en una de sus finalidades. Se tratan para girar recibos, hacer las liquidaciones, enviar las actas, enviar a los proveedores para arreglar cualquier incidencia, etc. Y como veréis todo en el ámbito COMUNITARIO, no privado.
Muchos pensareis que la solución es pedir una Nota Simple en el Registro, pero también sabéis que no es necesario registrar la propiedad. Otra solución es pedir a un juez que nos reclame a nosotros como Administradores de Fincas, que le proporcionemos los datos del vecino de arriba, pero es demasiado burocrático, la cual cosa podría desmotivar al vecino afectado interponer la demanda
¿Entonces cual es la solución? Pues la solución nos la da el mismo Reglamento de Protección de Datos y es ………
Que SI, se los podemos dar sin vulnerar la Protección de Datos, por una cosa que le llama INTERÉS LEGITIMO. En esta entrada de blog no os voy a explicar que es lo que es, porque si no sería muy lago el post y no os quiero aburrir por lo que os lo explicaré en entradas venideras. Pero es una de las condiciones por la cual es lícito el tratamiento de los datos, tal y como lo dice el Artículo 6.1.f del Reglamento General de Protección de Datos:
“El tratamiento será lícito si es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan los intereses o los derechos y libertades fundamentales del interesado que requieran la protección de datos personales”
Y la Agencia Española de Datos dio la respuesta a la pregunta:
¿Es posible por parte de un vecino el nombre del resto de propietarios del inmueble?
Y la respuesta fue: “Uno de los supuestos que contempla el RGPD que legitima el tratamiento de datos personales es la satisfacción del interés legítimo aducido por el responsable o un tercero. Este interés legítimo se aplicará en el supuesto, por lo que existe un interés legitimo de un propietario de conocer el nombre y apellidos del resto de propietarios.”
Y como habréis visto solo dice que se puede conocer el nombre y los apellidos, nada del DNI, ni otros datos, y esto es debido a un principio fundamental del RGPD que es la minimización de datos, que también trataremos en otra ocasión. (Se me empieza a acumular la faena :-P)
Y hasta aquí el post, que espero que os haya aclarado algunas dudas que podríais tener.
Por cierto ¿Alguna vez habéis tenido esta situación en el Despacho? Si es así, ponerlo en comentarios para compartir vuestra experiencia al resto de compañeros de profesión.
Casi una vez al mes tenemos situaciones como la que comentáis